Como participantes en la economía global en nuestros días, las empresas tendrán que arreglárselas con una serie de asuntos de inmigración. Las empresas tienen que estar concientes que los asuntos de inmigración van desde una certificación de trabajo para verificar la elegibilidad de empleo, sin considerar el estatus migratorio.
En Bilfield & Associates en Cleveland y Lorain, Ohio, representamos a las empresas tratando con los asuntos de inmigración. Nuestros clientes son desde empresas que están tratando con asuntos de inmigración proactivos, hasta negocios que inesperadamente les aparece un problema de inmigración. Para hablar con un abogado que pueda ayudarle con los asuntos migratorios, contacte para una consulta confidencial inicial.
No-inmigrantes (Trabajadores Temporales)
Para la mayoría de las visas de no-inmigrante basadas en empleo, los empleadores comienzan el proceso hacienda una petición a USCIS. Un extranjero puede cambiar su estatus en los Estados Unidos o un consulado americano. Existen muchas categorías de visas de no-inmigrante basadas en empleo. Las siguientes son algunas de las más comunes clasificaciones de visas bajo las cuales un extranjero puede involucrarse temporalmente en actividades relacionadas con un empleo:
E-1 – Empresarios de Tratados y sus esposas
E-2 – Inversionistas de Tratados y sus esposas
H-1B – Las ocupaciones especializadas que requieren un conocimiento especializado y muchas méritos y habilidades sobresalientes, o ciertos servicios de excepcional naturaleza relacionada con el Departamento de Defensa, proyectos de investigación y desarrollo, o co-producción de proyectos
L-1 – Transferencias de empleados Intra- Compañías (ejecutivos, gerentes)
O-1 – VisitasInternacionales de Intercambio Cultural
TN – Profesionales Canadienses o Mexicanos acordados en NAFTA
Inmigrantes (Residentes Permanentes)
Existen ciertas categorías de empleos que permiten a los empleadores en E.U. patrocinar a un prospecto o actual empleado extranjero, si está dentro o fuera de los Estados Unidos, y quién califica bajo uno o más de los empleos basados o una categoría de visa de inmigrante “EB”.
- EB-1 Trabajadores de prioridad
- EB-2 Profesionales con grado avanzado o personas con habilidades excepcionales
- EB-3 Profesionales o Trabajadores Especializados
- EB-4 Inmigrantes Especiales
Certificación Laboral
La certificación Laboral es la más amplia oportunidad usada para obtener un permiso de trabajo y residencia. La certificación laboral require que un empleador de E.U. pruebe que no existe un trabajador americano calificado para ocupar la posición de trabajo. Una vez que el Departamento del Trabajo certifica la aplicación, el empleador puede aplicar en la Oficina de Servicios de Inmigración y Ciudadanía por la residencia permanente (green card) para el empleado extranjero..
Verificación de Empleo
El gobierno exige que cada empleador sea responsable de verificar la eligibilidad del empleado para trabajar en los Estados Unidos. Una forma I-9 tiene que ser completada por cada empleado contratado. Si usted deja de documentar apropiadamente a cada empleado que contrata, usted podría estar sujeto a las penalidades civiles y criminales. También un empleador tiene el deber de reportar a cualquier individuo que descubra que no está autorizado para trabajar en los Estados Unidos.
Las empresas tienen que cumplir con muchas obligaciones de inmigración. Si usted tiene una pregunta acerca de una autorización de empleo, una visa de trabajo o un trabajador indocumentado, contacte a un abogado en Bilfield & Associates para programar una consulta inicial, 100% confidencial, acerca de preguntas de inmigración del empleador.
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